Participación familiar en el aula.

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A lo largo de los años ha habido diferentes legislaciones que han regulado la educación y la participación como derecho de las madres y padres. Unas leyes con más y otras con menos implicación de los familiares, pero siempre presentes. Podemos destacar las siguientes; Ley General de Educación (LGE) de 1970, su puesta en práctica fue muy limitada, y el director del centro se confirmaba como la figura central, quedando el resto de la comunidad educativa sin capacidad de decisión (Garreta, 2008). La Constitución Española de 1978 en su Artículo 27 hace referencia al derecho de la educación y el derecho de la participación de las madres y padres. Concretamente en el Artículo 27.5. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes. Artículo 27.7. Los profesores, los padres, y en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondo públicos, en los términos que la ley establezca. Flores F. (1999) Constitución Española 1978. Valencia. España. Tirant Lo Blanch. La Ley Orgánica General del Sistema Educativo (LOGSE) de 1990, en esta ley los Consejos Escolares tuvieron que adaptarse a los nuevos planes de estudios y centros (CEIP e IES), con más presencia de las madres y padres, mientras que el Claustro de profesores ganaba protagonismo en los aspectos académicos (Garreta, 2008). La Ley Orgánica de Educación (LOE) de 2006, en esta ley, se intenta dar más importancia a los Consejos Escolares, aunque la dirección y el profesorado es quien predomina. La Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) de 2013. En relación a esta ley la participación de las familias, reduce la misma, incrementando el papel de los directores del centro y reduciendo las atribuciones del Consejo Escolar, que se consolida como un mero órgano consultivo (Giró, 2013).

Después de realizar un breve recorrido por la legislación no hay que olvidar que numerosos estudios han demostrado la correlación positiva entre la implicación de las madres y padres en la educación de sus hijas e hijos y los resultados escolares y académicos (Egido, 2015; Reparaz & Naval, 2014; Bolívar, 2006; Epstein, 2001). Siendo la participación educativa un elemento clave para la transformación de la escuela e institutos. La implicación de madres y padres junto al profesorado en la educación de sus hijas e hijos, es relevante para un buen resultado del alumnado.

«La educación no es preparación para la vida; la educación es la vida en sí misma».

Jhon Dewey

Pero… ¿En que consta la participación familiar en los centros educativos?

Actualmente en los centros educativos pueden participar los familiares de diferentes maneras como pueden ser en AMPAs, Consejo Escolar o los proyectos que realicen el profesorado.

AMPA, son entidades sin ánimo de lucro cuyo objetivo fundamental es velar por una educación de calidad en los centros educativos de sus hijos y representar los intereses de las madres, padres o tutores legales. Sus funciones son informativas, formativas y representativas.

  • Informativas, son el nexo entre el centro y las familias del alumnado con las actividades educativas, culturales, lúdicas, deportivas o recreativas…
  • Formativas, la realización de diferentes cursos para los padres relativas a la educación del alumnado.
  • Representación, tienen representación en el Consejo Escolar.

Consejo Escolar, es el órgano de participación en el control y gestión del centro de los distintos sectores que constituyen la comunidad educativa. Competencias del Consejo Escolar:

a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley orgánica.

b) Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.

c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

d) Participar en la selección del director del centro, en los términos que la presente Ley Orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.

e) Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.

f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá́ revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el articulo 84.3 de la presente Ley Orgánica, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.

h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.

i) Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así́ como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.

l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, Jefatura del Estado «BOE» núm. 106, de 4 de mayo de 2006 Referencia: BOE-A-2006-7899 Art21.

Investigadores del proyecto Includ-ed (2006) analizaron cinco tipos de participación de las madres, padres y su relación con el rendimiento académico de los estudiantes, como son: informativa, consultiva, decisoria, evaluativa y educativa.
Informativa.
La participación informativa, consta que el centro envía a través de diferentes medios, como puede ser vía email, vía telefónica, circular en papel a través del alumnado, agenda escolar o encuestas online, información de extraescolares o cualquier asunto relacionado del centro o del alumnado para que sean informados.
Consultiva.
La participación consultiva, las madres, padres pueden formar parte de los órganos del centro, pero su papel es solo consultivo.
Decisoria.
La participación decisoria, las madres, padres pueden participar en la toma de decisiones referentes a los contenidos de enseñanza y a la evaluación.
Evaluativa.
La participación evaluativa, además las madres y padres se implican en los procesos de evaluación del alumnado y del propio centro. Puede ser de diversas maneras y lo decide el centro.
Educativa.
La participación educativa, las madres, padres o familiares se implican en el aprendizaje de sus hijas, hijos o familiares. Aquí entra el docente, su papel es relevante. La decisión de cómo quiere introducir la participación de los familiares, la temporización, explicación de la realización y consensuada con los familiares del mismo. La implicación del profesorado es muy importante, ya que abre las puertas de su aula a personas externas para una mayor diversidad y enriquecimiento para el alumnado. Además, tienen que haber familiares que estén dispuestos a participar, explicarles y darle a conocer lo que deben realizar.

De todas las participaciones educativas, si se trabajan, solo las tres últimas contribuyen al éxito escolar.

Además, hay diferentes estudios relacionados con lo importante y la relevancia que tiene la implicación de la participación educativa de las madres y padres con el buen resultado con el aprendizaje del alumnado, a continuación, se describe algunos de ellos:
Jeynes (2011), la alta relación que guarda el factor «implicación parental», entre otros resultados, que el estilo educativo del centro y las expectativas de los padres son factores muy relevantes y con un gran impacto en el rendimiento académico. En concreto, en Educación Secundaria, factores como la disponibilidad de los padres con los hijos adolescentes, compartir con ellos temas de interés, hablar de las cosas del colegio, tienen un gran efecto positivo en el éxito escolar.
Sanders, G. y Sheldon, S.B. (2009) aportan datos sobre los beneficios que se obtienen en el rendimiento de los hijos en las diferentes materias escolares y en los distintos niveles de estudios. En educación infantil está muy claro el beneficio en alfabetización y aprendizaje de la lectura cuando en casa los padres leen con los hijos y hay ambiente de lectura. Incluso, en Secundaria, se comprueba que cuando la escuela fomenta una comunicación frecuente, positiva y útil con la familia, se consigue que esta se implique más en un ambiente de lectura que favorece al hijo. Así́, afirman que, al proporcionar a las familias contacto e información sobre el colegio y sobre su hijo, se reduce el absentismo escolar, disminuyen los problemas de convivencia y las conductas disruptivas de los alumnos.
Shumow (2009) insiste en que mejora la autoestima y la competencia social de los alumnos, además de reducirse el uso de sustancias adictivas y aumentar el interés en llegar a la universidad.
Harvard Family Research Project (HFRP) aporta resultados de evaluación de programas de participación de los padres en la escuela, desde la etapa infantil hasta la universitaria, y todos ellos apuntan al éxito escolar que se promueve en todas las niñas y niños de todas las edades.
Conclusión

Después de todo lo expuesto cabe concluir que una participación e implicación de los familiares puede ser compleja, ya que las madres, padres trabajan y no puede ser fácil que se desplacen al centro. Pero, pueden acompañar a realizar las tareas en casa, estar pendientes de las situaciones académicas, preguntar por sus asignaturas, involucrase en las actividades del centro. Todo esto, tiene una incidencia positiva directa con el alumnado y los resultados académicos, en todas las etapas, tanto obligatorias como no obligatorias.

Bibliografía

Carmen Benso Calvo, Carmen Pereira Domínguez (coords.). (2007). Familia y escuela: el reto de educar en el siglo XXI. Concello de Ourense, Concellería de Educación, D.L. Recuperado de:http://www.eunec.eu/sites/www.eunec.eu/files/members/attachments/estudioparticipacion-cee_digital_r.pdf

Harvard Family Research Project (2010). Family Engagement as a Systematic, Sustained, and Integrated Strategy to Promote Student Achievement. Cambridge: Harvard Graduate School of Education.

Becker, H.J. y Epstein, J.L. (1982). Parent involvement: A study of teacher practices. Elementary School Journal.

Puelles Benítez, M. de (2010). Educación e ideología en la España Contemporánea, Tecnos, Madrid.

Leturia Navaroa, A. (2006). El derecho a la participación educativa. Bilbao: Universidad del País Vasco. Recuperado de: https://www.educa.jcyl.es/es/temas/participacion-educativa/consejos-escolares-2007-2008/informacion-consejos-escolares/consejo-escolar-centro-definicion-composicion-funciones-reg

Ministerio de educación, cultura y deporte (2014). La participación de las familias en la educación escolar. Recuperado de: http://www.eunec.eu/sites/www.eunec.eu/files/members/attachments/estudioparticipacion-cee_digital_r.pdf

Junta de Castilla y la Mancha. (2007-2008) Educacyl Portal de Educación. Recuperado de: https://www.educa.jcyl.es/es/temas/participacion-educativa/consejos-escolares-2007-2008/informacion-consejos-escolares/consejo-escolar-centro-definicion-composicion-funciones-reg

Ley Nº106. Ley Orgánica 2/2006, de Educación, Jefatura del Estado «BOE» de 4 de mayo de 2006 Referencia: BOE-A-2006-7899

Figuras

• Figura 1: Hassan M. (2018). Profesor, familia, crianza de los hijos. Recuperado de: https://pixabay.com/es/photos/profesor-familia-3802135/

• Figura 2: Jarmoluk M. (2014). Libros antiguos, libros. Recuperado de: https://pixabay.com/es/photos/libros-antiguos-libro-antigua-436498/

• Figua 3: StartupStockPhotos (2014) Niños, ganar, éxito. Recuperado de: https://pixabay.com/es/photos/niños-ganar-éxito-videojuego-jugar-593313/

Lídia ROMAGUERA

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