0. INTRODUCCIÓN
Un aspecto importante que con frecuencia es pasado por alto en el ámbito educativo es el hecho de que es necesario conocer los diferentes tipos de licencias existentes antes de elegir los materiales que vamos a incluir para crear nuestros recursos educativos.
Una licencia es el conjunto de condiciones bajo las cuales un autor decide que su obra sea usada.
Todo autor puede licenciar su obra haciendo un listado de las condiciones de uso, pero para facilitar esta tarea, existen entidades que han creado distintos tipos de licencias que se adaptan a las necesidades de los autores – como es el caso de Creative Commons –.
También es importante destacar que, aunque no esté registrada, toda obra posee derechos de autor desde el momento de su creación. Dichos derechos incluyen:
- los derechos morales, que se relacionan con el reconocimiento de la autoría de la obra y el respeto a la integridad de la misma,
- y los derechos patrimoniales, que suponen la facultad de obtener un rendimiento económico de la obra.
1. TIPOS DE LICENCIAS.
Antes de utilizar un material que encontremos en la red, debemos ver si:
– tiene Copyright,
– tiene Copyleft,
– tiene licencia Creative Commons, o
– pertenece al Dominio Público.
Si no apareciese nada indicado acerca de la licencia de ese material, no se podría reproducir, distribuir, transformar ni publicar sin el permiso expreso del autor – ya que se considera que tiene todos los derechos reservados –.
2.1. COPYRIGHT
El Copyright es la licencia más ampliamente utilizada, así como la más restrictiva también –puesto que únicamente el autor de la obra tiene derecho a utilizarla, lo que implicaría que no se puede reproducir, distribuir, transformar ni publicar sin permiso expreso del autor –.
2.2. COPYLEFT
Al contrario que el Copyright, este tipo de licencia libre únicamente reserva algunos derechos – permitiendo a cualquier persona usar, modificar y redistribuir una obra y sus derivados siempre y cuando se mantengan estas mismas condiciones de utilización y difusión, es decir, siempre que no exista un intento de privatización –.
2.3. CREATIVE COMMONS
Estas licencias gratuitas y reconocidas internacionalmente permiten a los autores recibir crédito por su obra y decidir qué derechos quieren ceder y cuáles mantener a la hora de que terceras personas copien, distribuyan y hagan un uso no comercial de sus creaciones. En consecuencia, se rige por el mismo concepto que el Copyleft: el autor permite el uso total o parcial de su obra siempre y cuando se cumplan unas determinadas condiciones, divididas en cuatro tipos:
Figura 01. Tabla mostrando los distintos tipos de condiciones para las licencias CC.
Estas cuatro condiciones pueden combinarse entre sí, dando lugar a seis tipos diferentes de licencia con distintos requisitos que deben ser cumplidos:
Figura 02. Tabla mostrando los distintos tipos de las licencias CC.
Por consiguiente, y para finalizar este apartado, recordemos que si bien el Copyright implicaba que todos los derechos están reservados – tanto los morales como los patrimoniales –, el Copyleft y las licencias Creative Commons preservan únicamente parte de los derechos, a saber: todos los derechos morales y algunos patrimoniales – como el permitir o no un uso comercial de la obra o la creación de obra derivada –
2.4. DOMINIO PÚBLICO
El Dominio Público lo constituyen aquellas obras que no están protegidas por el derecho de autor, por lo que pueden ser utilizadas para cualquier fin sin permiso expreso del mismo y de forma gratuita. Consecuentemente, cabe la posibilidad de copiar, modificar, distribuir, adaptar, interpretar y exhibir públicamente dichas obras.
Normalmente, una obra pasa a formar parte del dominio público cuando expira el periodo de vigencia de su protección a través del derecho de autor – lo cual suele suceder entre los 50 y 70 años posteriores a la muerte del autor, dependiendo del país –.
3. QUÉ MATERIALES PUEDO UTILIZAR
3.1. INTRODUCCIÓN
En la actualidad podemos encontrar una gran cantidad de materiales disponibles en la red. Sin embargo, no todos ellos pueden ser utilizados – o al menos no sin cumplir una serie de condiciones –, ya que es necesario respetar los derechos de autor. Como se mencionó anteriormente, existen diversas alternativas que permiten a los docentes emplear los siguientes materiales a la hora de crear recursos educativos[1]:
- Materiales de elaboración propia.
- Materiales que pertenezcan al Dominio Público.
- Materiales con licencia abierta – siempre y cuando se cumpla con los términos y condiciones indicados en la misma –.
- Materiales con Copyright si contamos con el permiso expreso del autor o del titular de los derechos de explotación y siempre cumpliendo con las condiciones que se nos impongan.
- Enlaces a páginas Web públicas.
- Contenidos embebidos a través del código facilitado – siempre que la plataforma y licencia correspondientes así lo permitan –.
3.2. LÍMITES Y EXCEPCIONES
Existen unos límites y excepciones a los derechos de autor que están estrechamente ligados al mundo de la docencia: el derecho de cita y la ilustración de actividades educativas[2].
El derecho de cita establece que es lícito incluir fragmentos de obras de naturaleza escrita, sonora o audiovisual, así como obras aisladas de carácter plástico o fotográfico figurativo siempre que:
- Dichas obras estén ya divulgadas.
- Su inclusión se realice a título de cita o para su análisis, comentario o juicio crítico.
- Se realice únicamente con fines docentes o de investigación.
- Su inclusión esté justificada.
- Se indique autor y fuente de la obra utilizada.
En cuanto a la ilustración de actividades educativas, el profesorado de la educación reglada impartida en centros del sistema educativo español y el personal de Universidades pueden realizar actos de reproducción, distribución y comunicación pública de pequeños fragmentos de obras y obras aisladas de carácter plástico o fotográfico figurativo siempre que:
- No exista una finalidad comercial.
- Se realice únicamente como ilustración de actividades educativas (enseñanza presencial o a distancia) o de investigación.
- Dichas obras estén ya divulgadas.
- Su inclusión esté justificada.
- Se indique autor y fuente de la obra utilizada.
3.3. CÓMO BUSCAR MATERIALES
Para poder encontrar recursos libres, Creative Commons ha creado un buscador que nos permite localizar de forma rápida y sencilla materiales con licencia CC tales como imágenes, archivos de audio y vídeos[3].
Imagen 03. Pantallazo del buscador de CC.
Existen también una serie de bancos de recursos libres que pertenecen al Dominio Público o bien tienen licencia Copyleft o Creative Commons. Algunos ejemplos, clasificados por categorías, son:
A) VÍDEOS
A.1. VIMEO
Vimeo[4] permite a los autores asignar una licencia Creative Commons a sus vídeos. Por tanto, a la hora de buscar materiales para elaborar recursos educativos, habría que asegurarse de elegir un vídeo con la pertinente licencia CC y cumplir con las condiciones establecidas por la misma. Para ello, vimeo cuenta con un buscador de vídeos con licencia CC[5].
Imagen 04. Pantallazo del buscador de videos de vimeo con licencia CC.
A.2. YOUTUBE
En el caso de YouTube[6], los autores pueden subir vídeos con licencia CC BY – por lo que podrían ser utilizados siempre y cuando se mencione la fuente –. Para saber si un vídeo posee dicha licencia bastaría con utilizar la herramienta Filtrar que aparece en la parte superior del buscador de YouTube y elegir después la opción Creative Commons – de este modo, nos aparecería un listado de los vídeos que poseen dicha licencia –.
Imagen 05. Pantallazo del filtro de YouTube para buscar vídeos con licencia CC BY.
B) IMÁGENES
B.1. PICS4LEARNING
Pics4Learning[7] ofrece una recopilación de imágenes donadas por sus respectivos autores – los cuales conservan los derechos de autor – para que puedan ser empleadas gratuita y libremente por profesores y estudiantes siempre y cuando se haga con un fin educativo – sin ánimo de mercantilización o comercialización de ningún tipo –.
Imagen 06. Pantallazo de Pics4Learning.
B.2. PEXELS & PIXABAY
Tanto Pexels como Pixabay[8] ofrecen un banco de fotos y vídeos que pueden ser empleados gratuitamente y sin obligación de hacer mención a la fuente – aunque es recomendable mostrar agradecimiento al autor –. También permite a los usuarios modificar las obras libremente.
Con respecto a las limitaciones, Pexels y Pixabay establecen las siguientes[9]:
- Las personas identificables en la foto no pueden aparecer en una situación donde resulten desfavorecidas o de una manera ofensiva.
- No pueden venderse copias sin editar de una foto o vídeo – habría que modificarlas primero –.
- Las imágenes no pueden ser empleadas de forma que sugieran que las personas o marcas de la imagen están promocionando tu producto.
- Las fotos y vídeos no pueden ser redistribuidos o vendidos en otras plataformas de fotos de stock o de fondos de pantalla.
B.3. EUROPEANA
Europeana[10] trabaja con archivos, bibliotecas y museos de toda Europa, dando acceso a millones de libros, música y obras de arte, entre otros. Muchas de las imágenes que contiene poseen licencia Creative Commons, por lo que pueden ser utilizadas siempre y cuando se cumplan las condiciones y limitaciones establecidas por la misma.
B.4. INTEF
El INTEF[11] (Instituto Nacional de Tecnologías Educativas y de Formación del Profesorado) ofrece también un banco de fotografías, ilustraciones, animaciones y vídeos sujetos a licencia CC BY-NC-SA 3.0, es decir: Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual. Por tanto, no permite un uso comercial de las imágenes y, además, la obra generada deberá ser distribuida bajo esta misma licencia, haciendo referencia expresa a la fuente y el autor.
Imagen 07. Pantallazo del banco de imágenes y sonidos del INTEF.
C) TEXTOS
C.1. PROJECT GUTENBERG
Project Gutenberg[12] es una biblioteca con textos digitalizados de acceso gratuito y libres de Copyright.
C.2. THE ONLINE BOOKS PAGE
Esta página Web[13] es similar a la mencionada anteriormente y ofrece acceso a más de tres millones de libros de forma gratuita.
D) MÚSICA Y SONIDOS
D.1. PIXABAY
Además de ofrecer fotografías y vídeos, Pixabay cuenta con un banco de música y sonidos.
Imagen 08. Pantallazo del banco de sonidos de Pixabay.
D.2. AUDIONAUTIX
AudionautiX[14] ofrece música con licencia Creative Commons Attribution 4.0. International License[15].
D.3. SOUNDBIBLE
SoundBible[16] ofrece efectos de sonido gratuito. El tipo de licencia aparece indicado en cada uno de los archivos de audio.
D.4. FREE MUSIC ARCHIVE
Free Music Archive[17] ofrece música con licencia Creative Commons.
Imagen 09. Pantallazo de la Web de Free Music Archive.
D.5. INTEF:
El INTEF ofrece también un banco sonidos sujetos a licencia CC BY-NC-SA 3.0.
4. CONCLUSIÓN
Hemos podido ver la gran cantidad de recursos que los docentes pueden emplear para ilustrar sus materiales educativos, aunque el hecho de que algo esté disponible en la red no quiere decir que pueda utilizarse libremente: como se mencionó con anterioridad, se deben respetar los derechos de autor y pedir permiso expreso del autor si la obra tiene Copyright, buscar materiales libres pertenecientes al Dominio Público, o bien incluir materiales con licencia abierta –respetando en todo momento los términos y condiciones indicados en la misma –.
Por último, recordar nuevamente que, si no aparece ninguna indicación acerca de la licencia, se considerará que dicha obra tiene todos los derechos reservados.
IMÁGENES
- Podrez, A. (2021). Imagen 01. Sin Título [fotografía]. Recuperado de: https://www.pexels.com/photo/man-person-love-people-6786946/
- de la Fuente López, P. (2021). Icono 01. Icono Copyright [icono].
- de la Fuente López, P. (2021). Icono 02. Icono Copyleft [icono].
- de la Fuente López, P. (2021). Icono 03. Icono Creative Commons [icono].
- de la Fuente López, P. (2021). Figura 01. Tabla tipos de condiciones para las licencias CC [imagen].
- VectorHQ (2021). Sin Título [imagen]. Recuperado de: https://es.vectorhq.com/vector/men-s-room-symbol-vector-107735
- de la Fuente López, P. (2021). Figura 02. Tabla licencias CC [imagen].
- de la Fuente López, P. (2021). Icono 04. Icono Dominio Público [icono].
- Lusina, A. (2021). Imagen 02. Sin Título [fotografía]. Recuperado de: https://www.pexels.com/es-es/foto/mujer-irreconocible-demostrando-bombilla-en-manos-4792509/
- Creative Commons (2021). Imagen 03. Sin Título [captura de pantalla de la Web de Creative Commons].
- Vimeo (2021). Imagen 04. Sin Título [captura de pantalla de la Web de vimeo].
- YouTube (2021). Imagen 05. Sin Título [captura de pantalla de la Web de YouTube].
- Tech4Learning, Inc. (2021). Imagen 06. Sin Título [captura de pantalla de la Web Pics4Learning].
- Ministerio de Educación y Formación Profesional: INTEF (2021). Imagen 07. Sin Título [captura de pantalla del banco de imágenes y sonidos del INTEF].
- Pixabay (2021). Imagen 08. Sin Título [captura de pantalla del banco de sonidos de Pixabay].
- FMA (2021). Imagen 09. Sin Título [captura de pantalla de la Web de Free Music Archive].
BIBLIOGRAFÍA
- Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia. BOE núm. 9, de 22/04/1996, 14369-14396, https://www.boe.es/buscar/pdf/1996/BOE-A-1996-8930-consolidado.pdf
WEBGRAFÍA
- Creative Commons (2021). Sobre las licencias. Recuperado de: https://creativecommons.org/licenses/?lang=es
- Artistas CC España (2021). ¿Qué es una licencia y para qué sirve?. Recuperado de: https://artistascc.wordpress.com/2017/01/09/tipos-de-licencias-creative-commons-copyleft-y-copyright/
- PUNTOYCOMA (2006). puntoycoma – Boletín de la traducción española en las instituciones de la Unión Europea, número 98, sección CABOS SUELTOS. Recuperado de: https://ec.europa.eu/translation/bulletins/puntoycoma/98/pyc982_es.htm
- Dareus (27 mayo 2016). Derechos de autor: Copyright y Copyleft. Recuperado de: https://enclavedederecho.com/copyright-copyleft/
- Ayala Bailador, E. (11 septiembre 2020). Licencias de uso: Copyright, Copyleft y Creative Commons. Recuperado de: https://aonialearning.com/seguridad/licencias-uso-copyright-copyleft-creative-commons/
- Hernández Pino, U. (28 mayo 2012). El Derecho de Autor en la Era Digital. Derechos morales y patrimoniales en el derecho de autor. Grupo de Investigación GEC, Red de Investigación Educativa –ieRed, Universidad del Cauca, Colombia. Recuperado de: http://www.iered.org/miembros/ulises/representacion-ideas/Derechos-Autor/derechos_morales_y_patrimoniales_en_el_derecho_de_autor.html
- Creative Commons (2021). Etiqueta de Dominio Público 1.0. Recuperado de: https://creativecommons.org/publicdomain/mark/1.0/deed.es
- Valdera, C. (25 febrero 2021). ¿Qué materiales puedo utilizar al crear mis recursos educativos?. Artículo publicado en la Web del Centro Nacional de Desarrollo Curricular en Sistemas No Propietarios (cedec). Recuperado de: https://cedec.intef.es/que-materiales-puedo-utilizar-al-crear-mis-recursos-educativos-abiertos/
- Creative Commons (2021): https://creativecommons.org/choose/
- Ministerio de Cultura y Deporte. El Dominio Público y los límites del derecho de autor: https://www.culturaydeporte.gob.es/dam/jcr:96fb8c60-812a-4053-bcec-885b3506afa7/dominiopublico-c.pdf
- Creative Commons (2021). Buscador de materiales con licencia CC: https://search.creativecommons.org/
- Vimeo (2021): https://vimeo.com/about
- Vimeo (2021): https://vimeo.com/creativecommons
- YouTube (2021): https://www.youtube.com/
- Tech4Learning, Inc. (2021). Pics4learning: https://www.pics4learning.com/
- Pexels (2021): https://www.pexels.com/es-es/
- Pixabay (2021): https://pixabay.com/es/
- Pexels (2021): https://www.pexels.com/es-es/license/
- Pixabay (2021): https://pixabay.com/es/service/license/
- Europeana (2021): https://www.europeana.eu/en/
- Ministerio de Educación y Formación Profesional: INTEF (2021): http://recursostic.educacion.es/bancoimagenes/web/
- Project Gutenberg (2021): https://www.gutenberg.org/
- OBP (2021): http://onlinebooks.library.upenn.edu/
- AudionautiX (2021): https://audionautix.com/
- AudionautiX (2021): https://audionautix.com/creative-commons-music
- SoundBible (2021): https://soundbible.com/
- FMA (2021): https://freemusicarchive.org/
Patricia de la Fuente López
NOTAS AL PIE.
[1] Ver: Valdera, C. (25 febrero 2021). ¿Qué materiales puedo utilizar al crear mis recursos educativos?. Artículo publicado en la Web del Centro Nacional de Desarrollo Curricular en Sistemas No Propietarios (cedec). Recuperado de: https://cedec.intef.es/que-materiales-puedo-utilizar-al-crear-mis-recursos-educativos-abiertos/
[2] Ver artículo 32 del RD 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual de España: https://www.boe.es/buscar/pdf/1996/BOE-A-1996-8930-consolidado.pdf
[3] Link al buscador de materiales con licencia CC: https://search.creativecommons.org/
[4] Ver: vimeo (2021): https://vimeo.com/about
[5] Ver: vimeo (2021): https://vimeo.com/creativecommons
[6] Ver: YouTube (2021): https://www.youtube.com/
[7] Ver: Tech4Learning, Inc (2021): https://www.pics4learning.com/
[8] Ver: Pexels (2021): https://www.pexels.com/es-es/ y Pixabay (2021): https://pixabay.com/es/
[9] Ver: Pexels (2021): https://www.pexels.com/es-es/license/ y Pixabay (2021): https://pixabay.com/es/service/license/
[10] Ver: Europeana (2021): https://www.europeana.eu/en/
[11] Ver: Ministerio de Educación y Formación Profesional: INTEF (2021): http://recursostic.educacion.es/bancoimagenes/web/
[12] Ver: Project Gutenberg (2021): https://www.gutenberg.org/
[13] Ver: OBP (2021): http://onlinebooks.library.upenn.edu/
[14] Ver: AudionautiX (2021): https://audionautix.com/
[15] Ver: AudionautiX (2021): https://audionautix.com/creative-commons-music
[16] Ver: SoundBible (2021): https://soundbible.com/
[17] Ver: FMA (2021): https://freemusicarchive.org/
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